COMO RECUPERAR LA TITULARIDAD DE UNA RESIDENCIA DE LARGA DURACIÓN

Recuperacion de resiencia de larga duracionÚltimamente nuestro despacho está teniendo múltiples visitas de los familiares de personas que se encuentran en el país de origen y que son o fueron titulares de la Residencia Permanente o de Larga Duración. La información que están recibiendo por parte de los Consulados de España en los países de origen es muy técnica y no se les explica muy bien sobre los procedimientos y diversos supuestos. Algunos solicitantes  regresaron a su país por el retorno voluntario percibiendo el 100% de la prestación por desempleo, otros se encuentran más de un año fuera de la UE teniendo la tarjeta de residencia en vigor o disponen de tarjeta caducada.

Es una de las razones por la que en este articulo vamos a explicar con más detalle los procedimientos para recuperar la residencia de larga duración, ya que puede haber algunos supuestos particulares y el modo a proceder puede variar dependiendo del lugar de residencia del interesado.

Primer supuesto

1.- En el supuesto de que la persona haya tenido la Residencia de Larga Duración y se regresó con el retorno voluntario porque percibió el 100% de la prestación por desempleo, tiene la obligación de cumplir los 3 años de compromiso de no retorno.

En este supuesto es muy fácil solicitar el Visado de Recuperación de la Titularidad de la Residencia de Larga Duración porque el Consulado de España le entregó documentación acreditativa de este retorno y tan solo tiene que sujetarse a la obligación de presentar los requisitos que marca el Reglamento de Extranjería, art. 159 del RD 557/2011 de 20 de abril.

Segundo supuesto

2.- El segundo supuesto es cuando el titular de la Residencia de Larga Duración estando en su país de origen esta ausente de la UE más de doce meses consecutivos, ya sea que la tarjeta este en vigor o no, se sobreentiende que esta se extinguió tal como lo marca el art. 166.1.c del Reglamento de Extranjería 557/2011 de 20 de abril.

En este caso lo primero que tiene que hacer es dirigirse al Consulado de España en su país de origen y solicitar que se le extinga la tarjeta. Este procedimiento no se puede realizar en España debido a que la presentación de la renovación de Larga Duración es ante la Policía y va directamente al TIE o como le llamamos “las huellas”, por lo tanto la única forma de solicitar que le extingan la tarjeta caducada o en vigor es ante el Consulado de España en su país. Hemos realizado llamadas a los Consulados de España y la información que nos han dado es que el procedimiento implica que el interesado solicite VISADO POR CADUCIDAD de la tarjeta aunque la misma esté en vigor y que demuestre que se encuentra fuera de España o la UE más de 12 meses consecutivos con un certificado de los movimientos migratorios de su país debidamente legalizado y más documentación que el Consulado puede considerar oportuno requerir.

Este visado por caducidad de la tarjeta se lo van a denegar entregándole la resolución mediante una carta en la que le extinguen la Residencia de Larga Duración aplicando el art. 166.1.c de RD 557/2011, de 20 de abril.

Ahora es el momento de realizar el segundo paso, al tener la denegación del anterior visado, el interesado puede solicitar el VISADO DE RECUPERACIÓN DE LA TITULARIDAD DE LA RESIDENCIA DE LARGA DURACIÓN, ya que está acreditado que se extinguió la residencia de Larga Duración por estar fuera de España o de la UE más de 12 meses consecutivos y tan solo tiene que sujetarse a presentar los requisitos que marca el Reglamento de Extranjería, art. 159 del RD 557/2011 de 20 de abril.

Tercer supuesto

3.- En el tercer supuesto es cuando el interesado se encuentra en España con la tarjeta en vigor y esta se le caduca; se acerca a la Policía para renovar y se descubre en los pasaportes que tuvo en los últimos cinco años que ha salido y ha entrado estando más de 12 meses consecutivos fuera del territorio de la UE.

En este momento no puede poner huellas, por lo que se informa al Área de Trabajo e Inmigración de esta irregularidad y se procede a la denegación de la Renovación de la Residencia de larga Duración por la que se le extingue la residencia aplicando el art. 166.1.c del RD 557/2011, de 20 de abril.

Una vez que tenga la carta denegada el interesado no puede tramitar en España la Recuperación de la Residencia de Larga Duración ya que el extranjero no puede encontrarse irregularmente (Sin permiso); por lo tanto es aconsejable que retorne a su país de origen y tramite ante el Consulado de España el respectivo VISADO DE RECUPERACIÓN DE LA TITULARIDAD DE LA RESIDENCIA DE LARGA DURACIÓN.

Una vez que nos ubiquemos en cualquiera de estos tres supuestos los requisitos que nos requiere el Consulado de España en los países de origen son los siguientes:

  • SOLICITUD DE VISADO FORMULARIO NACIONAL debidamente cumplimentado y firmado por el interesado/a
  • Fotografía actual.
  • Fotocopia completa del pasaporte.
  • Impreso de solicitud MODELO EX-11 debidamente cumplimentado y firmado por el interesado/a.
  • Formulario MODELO 790 cumplimentado por tramitación de autorización administrativa de residencia y pagar la tasa.
  • Certificado médico, conforme modelo oficial facilitado por este consulado, de no padecer ninguna de las enfermedades que pueden tener repercusiones de salud pública de conformidad con lo dispuesto en el Reglamento Sanitario Internacional de 2005, con firma reconocida.
  • Certificado de antecedentes penales.
  • Originales (si tiene) y copia de todos los documentos que indiquen que ha tenido una tarjeta de residencia de «larga duración».
  • Certificado de movimientos migratorios del país de origen.

Durante la tramitación del procedimiento se podrá requerir, si se estima necesario, la comparecencia del solicitante para mantener una entrevista personal.

La lista de documentación, arriba indicada, es la requerida con carácter general. Para comprobar la veracidad de los hechos alegados por los interesados, se podrá requerir al solicitante cuantos documentos adicionales se consideren necesarios para completar la solicitud.

Asimismo se podrá solicitar que todos los documentos presentados se acompañen de su correspondiente traducción al español.

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8 respuestas a COMO RECUPERAR LA TITULARIDAD DE UNA RESIDENCIA DE LARGA DURACIÓN

  1. janeth dijo:

    Hola hola mire una consulta..mi esposo y yo estuvimos en españa y llegamos a tener dos niñas la primera tiene la doble nacionalidad y la segunda nacio en españa pero le dieron su tarjeta de españa no tiene la nacionalidad española le dieron solo la de residente..mi esposo y yo tenemos la tarjeta de larga duracion pero estan caducadas ..queremos volver a España los cuatro pero todos los papeles estan caducados que puedo hacer nosotros somos de Ecuador ..ademas no cobramos ningun paro ni retirno voluntario..q debemos hacer gracias.

  2. MARTHA MT dijo:

    Hola …quiero saber si es facili recuperar mi tarjeta de larga duración y mi nacionalidad estoy en colombia hace cuatro años y se vencio la tarjeta cuando estaba en el aeropuerto para viajar otra ves a españa me di cuenta que no podía, vine hacer un estudio en el sena .. y en ese tiempo me dijeron que me había salido la nacionalidad y ya no pude reclamar mi nacionalidad, también tengo una única hija que vive en españa y tiene nacionalidad, quiero volver a trabajar y estar serca de mi unica hija. que debo hacer gracias.

  3. LUIS OSWALDO TOAPANTA dijo:

    HOLA BUENOS DIAS PUES MI CASO ES SIGUIENTE TUBE DOS HIJOS AQUI EN ESPAÑA ME ACOJI AL RETORNO VOLUNTARIO Y LE AÑADI A MI HIJO EL MENOR PASADO EL TIEMPO DE NO RETORNO SOLICITE LA DEVOLUCION DE LA TARJETA DE LARGA DURACION DE LOS DOS PERO SOLO ME DIERON A MI EL VISADO A EL YA SE LA DENIEGAN DOS VECES ACTUALMENTE SE ENCUENTRA EN ECUADOR CON MI ESPOSA YA QUE ELLA TUVO QUE VIAJAR A LLA POR QUE EL ESTA BA SOLO EL NACIO EN VALENCIA EL 16/03/2009 LA PRIMERA NEGATIVA DECIA QUE NO CUMLIA CON LOS REQUISITOS NECESARIOS Y LA SEGUNDA QUE SEGUN EL ART 158 DEL RD 557/20016
    COMO PUEDO HACER PARA QUE LE DEN EL VISADO YA QUE POR EL MOMENTO NO PUEDO REAGRUPARLO YO ESTOY EN VALENCIA DESDE OCTUBRE DEL 2016 Y COMO ESTOY MAS CENTRADO EN LO DE TRAER A MI HIJO NO PUEDO TRABAJAR DE CONTINUO PUES TENDRIA QUE PEDIR PERMISO A CADA MOMENTO
    LES AGRADESERIA SU RESPUESTA Y AYUDA O SI ME PUEDEN RECOMENDAR EL MEJOR ABOGADO DE EXTRANJERIA AQUI EN VALENCIA PARA QUE ME GUIE EN TODO EL PROCESO
    NO ME INPORTARIA TAMPOCO IR HASTA MADRID
    NUEVAMENTE GRACIAS

  4. Lule dijo:

    Buenas tardes a todos mi caso es el siguiente:
    Yo tengo una tarjeta de residencia permanente extinguida en 10/2012.
    estoy fuera del territorio shengen mas de 4 anos desde 11/2012 , yo quiero saber si puedo recuperar la titularidad de mi tarjeta permanente ,y que son los requisitos para hacer este tramite.
    Muchas gracias.

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