
Actualmente en el Reglamento de Extranjería, Real Decreto 557/2011, de 20 de abril, (que ha sido modificado y entró en vigor con fecha 16.08.2022) existen varios procedimientos para tramitar la residencia por circunstancias excepcionales, estando en el territorio español. Estas opciones están nombradas en el artículo 123 que menciona que se podrá conceder una autorización de residencia temporal a los extranjeros que se hallen en España en los supuestos de arraigo, protección internacional, razones humanitarias, colaboración con autoridades públicas o razones de seguridad nacional o interés público.
Según nuestra experiencia los procedimientos que suelen aplicar las personas extranjeras en España son solicitudes de autorización de residencia por Arraigo. Los principales son Arraigo Social, Arraigo Familiar, Arraigo Laboral, Arraigo para Formación.
Cada uno de estos procedimientos tiene los requisitos a cumplir y documentos específicos a aportar.
En términos muy generales podemos mencionar las siguientes pautas para cada procedimiento:
Arraigo Social: permanencia en España durante al menos 3 años, contar con medios económicos, realizar el Informe de Arraigo, aportar el certificado de antecedentes penales.
Arraigo laboral: permanecer durante al menos 2 años en España, justificar la realización de la actividad laboral en situación de legalidad durante al menos 6 meses, aportar el certificado de antecedentes penales.
Arraigo Familiar: justificar la existencia de vínculo familiar con ciudadana/o español, aportar certificado de antecedentes penales.
Arraigo para Formación: permanecer durante al menos 2 años en España, aportar certificado de antecedentes penales, aportar un compromiso para formación en España y llevar a cabo esta formación durante el año tras la obtención de la autorización de residencia.
Todos estos procedimientos están explicados en los videos que hemos publicado en nuestro Canal de YouTube. Si estas interesado en esta información, te invitamos visualizar estos videos y si quieres realizar tu propia gestión a través de abogados y asesores expertos en tema, contacta con nosotros:
TIPOS DE ARRAIGOS:
ARRAIGO SOCIAL:
ARRAIGO LABORAL:
ARRAIGO FAMILIAR:
ARRAIGO PARA FORMACION: